NUEVO PORTAL PARA MONOTRIBUTISTAS.
Atento al avance tecnológico se hace necesaria la utilización de nuevas herramientas informáticas que ofrezcan al Monotributista, en forma simple e integrada, el acceso a determinados recursos y servicios para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
En función de ello:
- Se establece el “Nuevo Portal para Monotributistas” (http://monotributo.afip.gob.ar), que tiene por objeto que los monotributistas PUEDAN OPTAR de forma simple e integrada, a través de un único sitio, a los recursos y servicios requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 2).
Opciones que en principio, estarán disponibles:
- Adhesión: “Alta Monotributo”.
- Acreditación de la condición de pequeño contribuyente: “Constancias/Constancia de CUIT”.
- Cambio de domicilio fiscal: “Datos personales/Domicilios”.
- Modificaciones de datos (de actividad, altas o bajas de integrantes del grupo familiar primario, etc): “Datos del Monotributo/Modificar datos del Monotributo”.
- Recategorización cuatrimestral o confirmación de datos, según corresponda: “Datos del Monotributo/Recategorización”.
- Cancelación de inscripción: “Datos del Monotributo/Darse de baja del Monotributo”.
- Obtención de credencial para el pago: “Constancias/Credencial de pago”.
- Visualizar cuantía y estado de cumplimiento de obligaciones mensuales (pagos, saldos y cálculo de deuda): “Inicio/Estado de cuenta”.
- Constitución del domicilio fiscal electrónico: “Inicio/Domicilio Fiscal Electrónico”.
- Emisión de factura electrónica: “Facturación/Factura Electrónica”.
- Inscripción como empleador: “Empleador/Voy a tener empleados”.
2. Se establece para los Monotributistas la OPCION de acceder con “Clave Fiscal”, a “Mi Monotributo” desde la aplicación móvil denominada “Monotributo”, y que permite ingresar mediante el uso de un dispositivo móvil (teléfono inteligente, tableta, etc.) con conexión a “Internet”, a los mismos recursos y servicios ofrecidos en el portal “web” (http://monotributo.afip.gob.ar).
3. Finalmente, se limita la excepción de constituir domicilio fiscal electrónico SOLO a los Monotributistas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.