DEUDAS CON AFIP: Aumento de intereses Resarcitorios y Punitorios

El ministerio de Hacienda actualizó las tasas de interés resarcitorios y punitorios que pagan los contribuyentes cuando se atrasan en los pagos.

A partir de marzo, las tasas de intereses resarcitorios (atraso simple) y punitorios (cuando hay un reclamo judicial iniciado) aumentarán de 3% a 4,5% y de 4 a 5,6%.

Los valores nuevos variarán a través de una fórmula que estableció el Ministerio. La tasa vigente en cada trimestre será la efectiva mensual equivalente a 1,2 (interés resarcitorio) y 1,5 (interés punitorio) veces la tasa nominal anual para los depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco Nación vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre. Cada trimestre será publicado por la AFIP. La tasa será flotante, es decir, si la tasa de interés del Banco Nación sube, la de AFIP acompañara dicho crecimiento. Caso contrario, la tasa de AFIP bajará. Habrá un tope anual como hasta ahora.

La medida no afecta a deudas antiguas, ya que se aplicará la tasa que estuvo vigente en el período correspondiente.